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La libertad de expresión es un derecho fundamental o un derecho humano, señalado en el artículo 19º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, y las constituciones de los sistemas democráticos, también lo señalan. De ella deriva la libertad de imprenta también llamada libertad de prensa.
El derecho a la libertad de expresión es definido como un medio para la libre difusión de las ideas, y así fue concebido durante la Ilustración. Para filósofos como Pach, Montesquieu, Voltaire y Rousseau la posibilidad del disenso fomenta el avance de las artes y las ciencias y la auténtica participación política. Fue uno de los pilares de la Guerra de la Independencia de los Estados Unidos(Primera Enmienda) y la Revolución francesa, hechos que revolvieron las cortes de los demás estados occidentales.
Otro argumento clásico, asociado a John Stuart Mill, es que es esencial para el descubrimiento de la verdad. Oliver Wendell Holmes Jr. y Louis Brandeis, famosos juristas estadounidenses, acuñaron el argumento del mercado de ideas. Según esta analogía con la libertad de comercio, la verdad de una idea se revela en su capacidad para competir en el mercado. Es decir, estando en igualdad de condiciones con las demás ideas (libertad de expresión), los individuos apreciarán qué ideas son verdaderas, falsas, o relativas. Este argumento ha sido criticado por suponer que cualquier idea cabría en el mercado de ideas. Y aun así, el que unas ideas tengan mayores medios de difusión las impondría sobre otras, al margen de la verdad. La alternativa a esta debilidad del mercado de ideas sería la persecución de la falsedad. Pero esta presenta su propia debilidad, ¿cómo saber si se está en lo cierto si se persigue la opinión disidente? Incluso si pudieramos tener la certeza de la verdad de una opinión, la existencia de opiniones disidentes permite poner a prueba, mantener viva y fundamentada la opinión verdadera y evita así que se convierta en dogma o prejuicio infundado.
Lo cierto es que esta metáfora se presta a equívocos, y Mill no comparó la libertad de expresión con un mercado. En Sobre la libertad (1859) apelaba a la libertad para exponer y discutir con el fin del conocimiento. Esto implica unas normas implícitas de conducta que aseguren el mutuo respeto entre los ponentes.

 

Derecho Humano

En el Artículo 19 de la "Declaración Universal de los Derechos Humanos", se lee: "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y de recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión."
La "Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica" de 1969, en el Artículo 13. señala:
"Libertad de pensamiento y de expresión.
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideraciones de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección y gusto
2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura, sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar:
a) El respeto a los derechos o la reputación de los demás, o
b) La protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.
3. No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.
4. Los espectáculos públicos pueden ser sometidos por la ley a censura previa con el exclusivo objeto de regular el acceso a ellos para la protección moral de la infancia y la adolescencia, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2.
5. Estará prohibida por la ley toda propaganda en favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión u origen nacional."
La prohibición de toda propaganda en favor de la guerra, también está consagrada en el "Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos".
Por otra parte, existen otros derechos y libertades ( o "derechos a la libertad de...", ejemplo: derecho a la libertad de reunión, manifestación, ejercicio de cultos, etc) conjuntamente con el derecho a la libertad de expresión. Así el derecho a la libertad de expresión no es un derecho absoluto ni ilimitado, como tampoco lo es ningún otro derecho o libertad. Cada derecho o libertad ( derecho a la libertad de...) tiene un ámbito de desenvolvimiento y de compresión, y cada persona que ejerce un derecho, debe actuar dentro de ese ámbito de desenvolvimiento y de comprensión de dicho derecho. Actuar más allá de dicho ámbito, es no actuar dentro de dicho derecho, sino fuera de el, con la posibilidad de quien actúa de violar, vejar o atropellar derechos de otras personas, y es más grave aún cuando se trata de derechos humanos de las personas. El limite al derecho humano de la libertad de expresión, está dado por el respeto a otros derechos humanos de las personas.
Concordante con esto, la "Convención Americana sobre Derechos Humanos", expresa en su Artículo 11:
“Protección de la honra y de la dignidad.
1. Toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad.
2. Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o reputación.
3. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques."
Y el Art.14 de dicha Convención consagra el "Derecho de rectificación o respuesta", dice:
"Derecho de rectificación o respuesta.
1. Toda persona afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas en su perjuicio a través de medios de difusión legalmente reglamentada y que se dirijan al público en general tiene derecho a efectuar por el mismo órgano de difusión su rectificación o respuesta en las condiciones que establezca la ley.
2. En ningún caso la rectificación o la respuesta eximirán de otras responsabilidades legales en que se hubiere incurrido.
3. Para la efectiva protección de la honra y la reputación, toda publicación o empresa periodística, cinematográfica, de radio o televisión tendrá una persona responsable que no esté protegida por inmunidades ni disponga de fuero especial."...

 

Límites de la Libertad de Expresión

Según la Organización Foro de la Libertad, los sistemas jurídicos, y la sociedad en general, reconocen límites a la libertad de expresión, en particular cuando la libertad de expresión de los conflictos con otros valores o derechos. Limitaciones a la libertad de expresión puede seguir el "principio de daño" o el "principio de delito", por ejemplo en el caso de la pornografía o el "discurso del odio". Limitaciones a la libertad de expresión puede ocurrir a través de la sanción legal y / o la desaprobación social.

A los miembros de la Iglesia Bautista Westboro les ha sido específicamente prohibida la entrada a Canadá por el discurso del odio.
En "On Liberty" (1859) John Stuart Mill argumentó que "... debe existir la máxima libertad de profesar y discutir, como una cuestión de convicción ética, cualquier doctrina, por inmoral que pueda considerarse". Mill sostiene que la mayor libertad de expresión es necesaria para empujar a los argumentos de sus límites lógicos, en lugar de los límites de la vergüenza social. Sin embargo, Mill también introdujo lo que se conoce como el principio de daño, en la colocación de la siguiente limitación a la libre expresión: "el único propósito para el cual el poder se puede ejercer legítimamente a través de cualquier miembro de una comunidad civilizada contra su voluntad, es para evitar daños a otros".
En 1985, Joel Feinberg introdujo lo que se conoce como el principio de "ofensa", argumentando que el principio del daño de Mill no ofrece una protección suficiente contra los comportamientos ilícitos de los demás. Feinberg, escribió: "Siempre es una buena razón en apoyo de una prohibición penal propuesto que probablemente sería una forma eficaz de prevención de ofensas graves (en contraposición a la lesión o daño) a otras personas que el actor, y que es probable que sea necesaria medios para tal fin ". Por lo tanto Feinberg sostiene que el principio de daño pone el listón demasiado alto y que algunas formas de expresión pueden ser legítimamente prohibidas por la ley porque son muy ofensivas. Pero, como ofender a alguien es menos grave que dañar a alguien, las penas impuestas deben ser más altos por causar daño. Mill, al contrario, no apoya sanciones legales si no se basan en el principio de daño. Dado que el grado en que las personas pueden ofenderse varía, o puede ser el resultado de prejuicios injustificados, Feinberg sugiere que un número de factores deben tenerse en cuenta al aplicar el principio de la ofensiva, incluyendo: el alcance, la duración y el valor social del discurso, la facilidad con que se puede evitar, los motivos del orador, el número de personas ofendidas, la intensidad de la ofensa, y el interés general de la comunidad en general.





El derecho a la libre expresión es uno de los más fundamentales, ya que es esencial a la lucha para el respeto y promoción de todos los derechos humanos. Sin la habilidad de opinar librememte, de denunciar injusticias y clamar cambios - el hombre está condenado a la opresión.
Por estas mismas razones, el derecho a la libre expresión es uno de los más amenazados, tanto por gobiernos represores que quieren impedir cambios, como por personas individuales que quieren imponer su ideología o valores personales, callando los otros.
La lucha por la libertad de expresión nos corresponde a todos, ya que es la lucha por la libertad de expresar nuestro propio individualismo. Respetar la libertad de los demás a decir cualquier cosa, por más ofensiva que la consideremos, es respetar nuestra propia libertad de palabra.
Derechos Human Rights está comprometido con la lucha por la libertad de expresión definida en los términos más amplios. Esta página está concevida como un lugar donde encontrar información básica sobre que significa la libertad de expresión. Recién se inicia, así que apreciamos su colaboración con información, artículos y enlaces que agregar.
       

Cada cierto tiempo en nuestro país se pone en el tapete la discusión sobre la libertad de expresión. La mal llamada clase política nos pretende hacer creer que ese derecho está plenamente vigente en este país, y por lo mismo se sienten llamados a pontificar y hacer exigencias hacía afuera de nuestras fronteras. La verdad es otra y es bueno recordarla.

En Chile 2 grandes conglomerados periodísticos manejan a su antojo la información, 5 canales de televisión abierta se turnan para dar la misma noticia por 24 y hasta por 48 horas, noticia que si es suficientemente sórdida como para mantener la atención de la opinión pública, se utilizará por el tiempo que sea necesario.
Por último en los pocos medios alternativos – hablados y escritos – que se logran sostener, se aplica una censura encubierta y no llegan a conocimiento de la masa las opiniones de difieran con la línea editorial o que opongan en riesgo relaciones espurias.
Es claro que no hay libertad de expresión en el sentido mas amplio del termino, lo que me lleva a exponer por este medio la opinión de los trabajadores sobre 2 temas que han estado en la discusión en las últimas semanas.
1.- El cambio de gabinete devolvió al primer plano a un viejo conocido de los trabajadores, Rene Cortazar, ex ministro del Trabajo (cerebro de la reforma laboral de Aylwin, que entre otras cosas consagró la indemnización por años de servicio de 1 mes por año de servicio con tope de 11 años) quien muestra de inmediato su preocupación por la población, instalando en varios puntos de Santiago un “servicio de buses express”, para mejorar el traslado.
Ha funcionado este parche?. Al menos en San Bernardo, mas parece un intento por descongestionar el Metro-tren que una ayuda a los usuarios de Transantiago, e incluso se vive una mayor discriminación.
En efecto, muchos de estos buses express salen de su terminal hacía Santiago, con menos del tercio de su capacidad ocupada y hacen el recorrido por las mismas calles utilizadas por la troncal 201-e que también ofrece un servicio expreso. Así puede usted ver circulando buses casi desocupados mientras los usuarios se la juegan por un espacio en el troncal que constantemente se hace insuficiente.
El problema es peor al retornar a San Bernardo. Pasadas las 10 de la noche, puede usted estar esperando hasta 40 minutos la llegada de un bus 201- e , para luego ver aparecer hasta 3 o 4 buses al mismo tiempo, lo que genera un caos de proporciones entre los cientos de usuarios que esperan. Al llegar a San Bernardo tendrá suerte si encuentra un bus local o llamados “alimentadores”. Simplemente desaparecen en su gran mayoría y no queda otra que intentar llegar de cualquier modo a casa.
De seguro este problema se repite en la mayoría de las comunas y sin embargo la reacción a este abuso descarado cada vez es mas espaciada y no precisamente colectiva y organizada. Es una tarea pendiente de todos, DIGNIFICARNOS Y RECLAMAR LO QUE MERECEMOS.
2.- El presidente se Venezuela Hugo Chávez ha sido duramente calificado por la “derecha política y sus compañeros de ruta” después que el rechazará, en su estilo, un acuerdo del Senado chileno que se inmiscuye en las políticas del gobierno venezolano. Chávez Frías ha dicho una gran verdad y lo menos que podemos hacer es guardar silencio o tomar palco en el debate que se ha generado.
Acaso la derecha de nuestro país no es golpista y fascista?, Decenas, cientos de ejemplos grafican esta afirmación, la misma que utilizó el presidente Allende cuando los atentados y el caos llevaban el país hacía el golpe de Estado, promovido y financiado por los “señores” que no querían perder los privilegios de “su democracia”.
Pero eso un fue todo, hacía falta la guinda a la torta, y esa guinda la colocó el senador Eduardo Frei Ruiz Tagle.
Como presidente del Senado levantó la voz para criticar a Chávez y su gobierno y demandó respeto a la libertad de expresión y de información. Si no fuera tan terrible el historial de Frei, su declaración sería para reír a gritos.
Parece que ya olvidó que cuando fue presidente de Chile Pinochet sacó los militares a un “ejercicio de enlace”, para que no se siguiera investigando sobre los cheques de cientos de millones que se le giraron al hijo del dictador. Frei tuvo que meter la cola entre las piernas y archivar la investigación de los Pinocheques, para que no le cayeran encima los “corvos acerados”. ¿Y acaso no le paso lo mismo a Aylwin, con el “boinazo”. Miran la paja en el ojo ajeno y no ven la viga en el propio.
¿Y que dijeron de todo esto los preocupados demócratas de la derecha , los mismos que le arrastran el poncho al Chávez por que los llamó por lo que son?. Nada, guardaron silencio, como lo han hecho cada vez que deben defender sus intereses y a quienes les protegen.
Por eso, para los que no aceptamos el modelo ni a los que se sirven del mismo, el desafío es grande. Debemos ser capaces de dejar atrás los intereses particulares o jugárnosla de verdad por ese pueblo al que invocamos permanentemente.